¿STOP desahucios?
19 Noviembre 2012 por Joan Planas
Publicado en DIARI DE TERRASSA del Jueves 15 de noviembre de 2012
Parece mentira que sea necesario un suicidio (uno más, pero con más revuelo que los anteriores por parte de los medios de comunicación), para que los políticos se decidan a comenzar a estudiar el tema más crujiente -junto con el paro- que es el de los desahucios hipotecarios. Vale la pena decir que, por confusión de términos, se mezclan en la mayoría de informaciones y estadísticas lo que son los desahucios hipotecarios con lo que son los desahucios arrendaticios.
Conviene precisar a quién afecta. Muchos propietarios tienen la desgracia de ver como se les impagan alquileres y tienen que interponer demandas judiciales. Debemos decir que el planteamiento de revisión de los desahucios sólo afecta a los hipotecarios. Vale la pena diferenciarlo.
En los desahucios hipotecarios entran en desagraciado juego, entre otras, dos cuestiones. Por un lado, la alegria imprudente de la banca en la concesión de créditos para más del cien por cien del valor de inmuebles tasados pr encima de su valor real (con lo cual las cuentas de resultado de los banqueros estaban hinchadísimas y les permitían además, cobrar primas por su “buena gestión”). Y por otro lado, la alegría ignorante de los deudores hipotecarios que cayeron en esta espiral, que no consideraron la responsabilidad personal ilimitada, más allá de la propia vivienda, en el retorno del crédito hipotecarios.
Pero en cuanto a los desahucios arrendaticios estas ircunstancias no existen.
La responsabilidad del inquilino alcanza sólo las cantidades impagadas y las costas del procedimiento judicial.
Además, el mercado ha deflactado el precio de los alquileres, tanto para los de viviendas, como para locales, oficinas, despachos y naves industriales (no sólo para los nuevos contratos, sino también para los existentes), ya que el mercado se actualiza de forma casi inmediata en relación con los alquileres.
El mal funcionamiento de la administración de justicia (comparando los plazos fijados en la ley, los objetivos explicitados en las exposiciones de motivos de las reformas legales y la práctica diaria), atribuible o no a la falta de medios personales y materiales, y también a la falta de control del trabajo en algunos juzgados (y reitero que los de Terrassa destacan por eficiencia comparados con los de los alrededores -Sabadell, Granollers, Sant Feliu de Llobregat, Martorell, etc.), este mal funcionamiento hace que a la práctica y con cargo a los propietarios, los aplazamientos sean reales por la simple demora en la tramitación.
Por lo tanto, diferenciemos claramente que las medidas que ahora los políticos quieren adoptar -ya veremos su alcance- no afectarán o no tienen porqué afectar a los desahucios por impago del alquiler. Recordemos que el propietario es en ocasiones una persona que complementa unos escasos ingresos con el alquiler que cobra de unos ahorros invertidos en vivienda, muchas veces heredada, y que no lleva ni chistera ni frac.
Veremos qué acaban proponiendo los políticos “mentirijillos”.
